Nombre:
REG - REGISTRO ELECTR脫NICO GENERAL
Acr贸nimo:
REG
Publicador:
Ministerio de Hacienda y Funci贸n P煤blica
Descripci贸n:
El Registro Electr贸nico General (REG) es el Registro Electr贸nico de la Sede Electr贸nica del Punto de Acceso General (PAGe). Las personas interesadas pueden dirigir solicitudes y documentos a cualquier 贸rgano de la Administraci贸n General del Estado (AGE), de sus Organismos p煤blicos o de sus Entidades dependientes o vinculadas. Tambi茅n pueden hacerlo para otras Administraciones P煤blicas (Comunidades Aut贸nomas y Entidades Locales) que est茅n adheridas al Sistema de Interconexi贸n de Registros. En cualquier caso, siempre y cuando estos escritos no se ajusten a procedimientos administrativos ya contemplados en las distintas Sedes Electr贸nicas.
Descripci贸n detallada:
El Registro Electr贸nico General de la Administraci贸n General del Estado (REG) o Registro Electr贸nico se configura como un registro de entrada de documentos en el que las personas interesadas pueden dirigirlos para su tramitaci贸n a cualquier 贸rgano de la Administraci贸n General del Estado (AGE), de sus organismos p煤blicos o de sus entidades dependientes o vinculadas. Adem谩s, recoge los registros que se presenten para su remisi贸n telem谩tica a otras Administraciones P煤blicas (Comunidades Aut贸nomas o Entidades Locales) que est茅n integradas en el Sistema de Interconexi贸n de Registros (SIR).
El Registro Electr贸nico permite a las personas interesadas un acceso r谩pido y eficaz a los servicios p煤blicos por medios electr贸nicos, pudiendo remitir por esta v铆a solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a la Administraci贸n, siempre que no se establezca una forma de presentaci贸n espec铆fica para un tr谩mite concreto, que en ese caso deber谩 hacerse por la v铆a que se indique.
Todos los registros que se realicen por el Registro Electr贸nico generar谩n una anotaci贸n registral en el Libro del Registro Electr贸nico General de la AGE (REGAGE), as铆 como todas las actuaciones que realice cualquier aplicaci贸n que proporcione soporte a procedimientos espec铆ficos de la AGE.
No obstante, el interesado, si no est谩 obligado a relacionarse electr贸nicamente con las Administraciones P煤blicas, si as铆 lo desea, puede acudir presencialmente a una Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) que realizar谩 la digitalizaci贸n de la documentaci贸n presentada y la remitir谩 por el medio m谩s apropiado al destino.
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Normativa relacionada:
- Orden PCM/1382/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro Electr贸nico General en el 谩mbito de la Administraci贸n General del Estado
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuaci贸n y funcionamiento del sector p煤blico por medios electr贸nicos
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de R茅gimen Jur铆dico del Sector P煤blico
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Red de Origen:
Organismos destinatarios:
Todas las AA.PP.
Requisitos de acceso:
Este servicio es accesible desde Internet mediante Cl@ve, pudiendo dar de alta y consultar sus registros, bien como representante, bien como interesado.
Informaci贸n Tecnica:
- Sistemas operativos soportados. Todos los sistemas operativos.
- Navegadores soportados. Todos los navegadores en sus 煤ltimas versiones.
- Velocidad de transmisi贸n de datos. Para garantizar el env铆o de los registros, se recomienda una velocidad m铆nima de transmisi贸n de 1 megabits/s, que es la que fija el servicio universal de transmisi贸n de datos.
- La firma electr贸nica de los documentos presentados se basa en el uso de firma electr贸nica no criptogr谩fica seg煤n la Resoluci贸n de 14 de julio de 2017, de la Secretar铆a General de Administraci贸n Digital (https://www.boe.es/eli/es/res/2017/07/14/(2)), donde se establece las condiciones de uso de este tipo de firma en las relaciones de los interesados con los 贸rganos administrativos de la Administraci贸n General
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060